viernes, 22 de enero de 2021

El gobierno contra los propietarios de vivienda

 

El Gobierno de PSOE y Podemos lanza la mayor ofensiva contra la propiedad privada de la democracia actual. Cuando España es un país de propietarios de viviendas rondando entorno al 80% de la población.

El Gobierno de Pedro Sánchez y Pablo ha implementado tres medidas;

La prohibición de desahucios

Es la primera y más importante. PSOE y Podemos aprovecharon el estallido de la pandemia en el mes de marzo para suspender los desalojos por impago de alquiler.

A diferencia de lo que han hecho muchos otros países, cuyos gobiernos han concedido prestaciones y ayudas a los afectados para que puedan seguir pagando sus rentas, el Gobierno optó aquí por derivar el coste de la crisis hacia los propietarios, de modo que estos tengan que asumir obligatoriamente las pérdidas causadas por la morosidad de sus inquilinos. Medida que durará como mínimo 14 meses después de que el Consejo de Ministros haya prolongado hasta el 9 de mayo de 2021 la suspensión de los desahucios.

Los propietarios no podrán recuperar su vivienda en caso de morosidad o finalización de contrato de alquiler, siempre y cuando sus inquilinos sean considerados “vulnerables” y no dispongan de una “alternativa habitacional” por parte de la Administración.

La categoría de “vulnerable” engloba a parados, afectados por ERTE, familias cuyos ingresos no superen, como mínimo, los 1.613 euros al mes o que el pago del alquiler y los suministros básicos (electricidad, gas, gasoil para calefacción, agua, telecomunicaciones y comunidad) supongan el 35% o más de los ingresos netos de la unidad familiar.

Esta medida supone una expropiación temporal de viviendas. Tanto es así que hasta el Gobierno establece en el Real Decreto una compensación a los propietarios afectados, si las comunidades autónomas no ofrecen a los inquilinos una “vivienda digna” en el plazo de tres meses desde que queda acreditada su vulnerabilidad económica.

Cortes de suministros

Y sucede lo mismo con los cortes de suministros básicos. Los propietarios de los inmuebles tendrán que hacer frente a las facturas de luz, agua y calefacción de sus inquilinos morosos durante el tiempo que dure la suspensión de los desahucios, tanto si tienen contrato como si no. Es decir, tampoco podrán cortar los suministros a los okupas.

Legalización de okupas

Por si fuera poco, el real decreto aprobado por el Gobierno extiende la prohibición de los desahucios a los okupas si se hacen con viviendas vacías de grandes tenedores (propietarios de más de diez inmuebles), aunque estos podrán solicitar una compensación si demuestran que la suspensión del lanzamiento les ha ocasionado un perjuicio económico “al encontrarse la vivienda ofertada en venta o arrendamiento con anterioridad a la entrada en el inmueble”. Es decir, sólo podrán reclamar justiprecio en determinados casos, excluyendo así muchas viviendas vacías.

Según denuncia la Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler (Asval), esto “supone la legalización de la ocupación ilegal, lo que va a convertir a España en el único país avanzado que permite este tipo de prácticas fuera de la ley y peligrosas”.

Precio máximo de alquileres

Hay dos propuestas que se podrían materializar en los próximos meses;

– Por un lado, la fijación de un precio máximo en los alquileres de zonas calificadas como “tensionadas” a través de la futura Ley de Vivienda. Este tipo de controles ya se ha intentado aplicar en otros países y ha resultado un rotundo fracaso.

– La Agencia Negociadora del Alquiler advierte de que es “una medida puramente ideológica, contraria al libre mercado de alquiler, donde los pequeños propietarios particulares, que son más del 90% del sector, se van a ver perjudicados y muchos de ellos preferirán cerrar sus viviendas al alquiler”.

Expropiación de pisos vacíos

Existe la posibilidad de penalizar a los propietarios de viviendas vacías mediante nuevas cargas fiscales. De hecho, Podemos va incluso más allá y habla abiertamente de la posibilidad de expropiar, de forma temporal o definitiva, e incluso confiscar, sin indemnización posible, los inmuebles vacíos de grandes tenedores de vivienda.

 

viernes, 15 de enero de 2021

Herencia y regularización de inmuebles


España  es un país de propietarios y con la pandemia ha aumentado el número de fallecidos y por lo tanto el de herencias y sucesiones. Hoy día el proceso de aceptación de una herencia se suele dilatar  durante varios meses e incluso años si los herederos no se ponen de acuerdo.

El comparador online Helpmycash recoge las principales dificultades con las que se pueden encontrar los herederos de una herencia.



PERIODO DEL PROCESO

Hasta que la herencia no esté totalmente repartida entre todos los herederos, no se podrá vender ninguna propiedad heredada al no ser el dueño legal del inmueble.

El tiempo de duración del proceso dependerá del acuerdo entre los herederos, el nivel de organización y la rapidez en realizar los trámites y pagar los impuestos.

 Por lo general, el proceso de aceptación de una herencia suele tardar unos dos o tres meses,  pero si uno o varios de los herederos no están de acuerdo con el reparto, el proceso se puede dilatar durante años. Lo más recomendable es no tener que acudir a juicio para dividir la herencia. Según Arriaga y Asociados, si uno de los sucesores no tiene la voluntad de aceptar el legado y su parte representa más del 50% de la masa hereditaria, la resolución del asunto puede llegar a tardar hasta cuatro años.

DESACUERDO ENTRE HEREDEROS

Gran parte de los conflictos suelen surgir cuando uno de los herederos quiere vender y los demás no están de acuerdo. En estos casos de copropiedad, hay tres posibles soluciones:

-La persona que no quiere vender puede comprar y pagar la parte que corresponda al resto de copropietarios para quedarse con la propiedad. Este proceso se denomina extinción de condominio.

-Cuando no hay acuerdo entre los hermanos o herederos, los que quieran transmitir la propiedad pueden vender su porcentaje de la propiedad a un proindiviso. Lo que implica vender la propiedad entre un 35% y un 50% de su valor de mercado.

-La tercera vía es ir a juicio para dividir el bien común y llevar a cabo la venta en subasta pública. Esta vía suele ser costosa y puede implicar que la propiedad se venda al mejor postor y por debajo de su precio de mercado.

TRABAS BANCARIAS

Aunque pagar los impuestos de la herencia con el dinero del fallecido es totalmente legal, es habitual que las entidades pongan ciertas trabas para autorizar el uso de los fondos. Suelen pedir documentación adicional que requiera revisión del departamento legal de la entidad bancaria. Todo esto alargaría el proceso bastante más.

 IMPUESTOS A PAGAR

Para vender una propiedad heredada, hay que pagar el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal. Aunque, si vende la propiedad dentro del mismo año fiscal en el que lo ha heredado, no tendrá que pagar nuevamente la plusvalía municipal.

También habrá que hacer frente al pago de IRPF por la ganancia patrimonial obtenida de la venta. La diferencia entre el valor declarado y el valor de venta será la ganancia patrimonial, a la que habrá que aplicarle un porcentaje  que oscila  entre el 19% y el 23%. De esta manera se obtiene la cantidad a pagar por IRPF.

lunes, 11 de enero de 2021

Cosas que debes hacer para que tu vivienda sobreviva a las heladas de este 2021

 

Congelación de tuberías, desplome de infraestructuras dañadas y problemas de accesibilidad son los principales problemas identificados por el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE). Tras la histórica nevada provocada por la borrasca “Filomena”, los expertos recomiendan ventilar las casas, colocar burletes en puertas y ventanas o abrir los grifos cada poco tiempo para evitar la congelación de las tuberías.


Los edificios no son inmunes a una bajada tan radical de las temperaturas, una situación que se está produciendo en la Comunidad de Madrid o en Castilla-La Mancha, y pueden registrar problemas de difícil solución ya que, en estos momentos, es prácticamente imposible que un profesional pueda desplazarse para solucionarlos.

Ante esta situación, el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE) ha querido recordar a los ciudadanos algunos gestos que pueden hacer para prevenir problemas en sus hogares.

1.- Pese al frío hay que ventilar nuestros hogares. Las bajas temperaturas no pueden eximirnos de ventilar nuestros hogares, aunque sea de forma muy rápida. Las conclusiones preliminares de un estudio en el que está trabajando el CGATE indican que las concentraciones de CO2 pueden ser nocivas para los habitantes de una vivienda a las cuatro horas en espacios pequeños y cerrados.

2.- El aislamiento térmico es la mejor solución para evitar el frío en el interior de los hogares y dotarlos de eficiencia energética. Pero si nuestra vivienda no cuenta con él, ante la ola de frío polar, podemos colocar burletes en puertas y ventanas que evitarán que el aire y el frío se cuelen en el interior de las viviendas. Las alfombras y cortinas también nos protegerán de la desagradable sensación térmica que provocan las heladas.

3.- Se recomienda abrir los grifos cada poco tiempo para evitar la congelación de las tuberías. También es recomendable dejar un pequeño goteo que prevendrá la congelación del agua en el interior de las tuberías y cañerías.

4.- Atención a las llaves de paso. Los aparejadores y arquitectos técnicos recuerdan que antes de que se produzca un problema tengamos bien localizada la llave de paso por si hubiera escapes de agua tras la congelación o rotura de una tubería.

5.- También, en viviendas unifamiliares con sistemas de riego hay que tomar la precaución de vaciar las conducciones de agua para evitar problemas de congelación. Para las tuberías que transcurren en el exterior del edificio o sistemas de riego por goteo, el CGATE recomienda que se protejan con un material específico para el aislamiento de tuberías. “Si no tenemos en nuestros hogares los materiales más adecuados y ante la imposibilidad de acceder a puntos de venta, lo importante es que “abriguemos” las tuberías con cualquier material a nuestro alcance. Con cinta aislante y papel de periódico podremos salir del paso”, asegura Alfredo Sanz Corma, presidente del CGATE.

6.- Pero si los grifos dejan de funcionar de forma súbita, es posible que las tuberías ya se hayan congelado. Ante esta situación es fundamental no tratar de descongelarlas con agua caliente, ya que podrían reventar. “Es mucho más aconsejable y, siempre que las tuberías estén a la vista aplicar calor seco como el de un secador de pelo”, aconseja Alfredo Sanz.

7.- Otra de las recomendaciones es llenar envases o cubos con agua que nos pueda servir para las necesidades básicas en el caso de que una tubería se congele o los cortes de aguas se prolonguen.

8.- En el caso de que la tubería haya reventado, la primera de las recomendaciones es cerrar la llave de paso, apagar los calentadores de agua y poner cubos o protecciones plásticas, si es posible, donde se haya producido la rotura.

La accesibilidad de los edificios también puede verse comprometida por el hielo

9.- El acceso a los edificios es otro de los grandes problemas que pueden originarse por las heladas. Con la llegada de las heladas las rampas que solucionan los problemas de accesibilidad pueden convertirse en un auténtico peligro.  Los aparejadores recomiendan que las comunidades de vecinos intenten despejar la nieve de los accesos al portal antes de que esta se hiele y se arroje sal para evitar la formación de hielo que puede provocar peligrosos resbalones.

10.- En el interior de los portales o el acceso a ascensores y escaleras puede esparcirse serrín o colocar unos cartones para que el hielo derretido no provoque caídas.

11.- Las calderas modernas disponen de termostatos que las protegen de posibles heladas, pero hay que tener cuidado de proteger las calderas más antiguas si las temperaturas son extremas, si estas instalaciones están en terrazas o tendederos necesitarán mayor protección.

12.- Ojo con estufas y braseros. Aunque son fuentes rápidas de calor, cada año suelen registrarse numerosos percances asociados a su mala combustión que generan gases tóxicos y al riesgo de incendios.

Estos consejos nos ayudarán a pasar esta ola de frío, pero el principal consejo que el CGATE quiere ofrecer es que los ciudadanos rehabiliten sus hogares con patologías o carencias para prepararlos frente a estas contingencias. “Como en el resto de circunstancias, para nuestros edificios también es más importante prevenir que curar”, asegura Alfredo Sanz, “un correcto aislamiento térmico, la revisión y sustitución de instalaciones, el mantenimiento correcto del edificio y sus accesos, nos ayudarán a contar con edificios seguros y resistentes frente a cualquier contingencia”, concluye.

viernes, 8 de enero de 2021

El Gobierno suspende los desahucios y garantiza los suministros a los más vulnerables

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, que paraliza los desalojos de inquilinos vulnerables por el impago de la renta.

La paralización de los desahucios y los lanzamientos se prolongará durante la vigencia del estado de alarma (9 de mayo), se amplía el abanico de beneficiarios, incluye la prohibición de cortar los suministros básicos de la vivienda (energía eléctrica, gas natural y agua) y compensará a los propietarios, siempre que la Administración no pueda realojar a las familias en un plazo de tres meses.



El ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, ha explicado que se trata de una medida “claramente excepcional” que busca alcanzar una “una respuesta habitacional sin perjuicio de los propietarios”.

El nuevo texto supone aplazar hasta la finalización del estado de alarma, el 9 de mayo, las suspensiones vigentes actualmente hasta el 31 de enero, y además incorpora otros colectivos vulnerables, incluyendo a personas que se encontraban ya previamente a la pandemia en situación de vulnerabilidad o al colectivo de personas que ocupan viviendas sin que haya mediado violencia o intimidación con anterioridad a la entrada de vigor del decreto.

“Las circunstancias personales están muy tasadas”, ha explicado el ministro, que ha añadido que los beneficiarios deben tener “acreditada su condición de vulnerabilidad”, teniendo bajo su protección a menores de edad o personas dependientes, o siendo víctimas de la violencia de género. Asimismo, en ningún caso podrá afectar a la residencia habitual del dueño, ni tampoco segunda residencia o una cedida a otras terceras personas. De hecho, el arrendatario deberá ser un “gran tenedor”, con más de diez viviendas.

La suspensión del lanzamiento deberá realizarse a requerimiento del inquilino, que deberá presentar ante el juzgado una solicitud de aplazamiento y acreditar su vulnerabilidad. A partir de ahí, en tres meses el respectivo gobierno regional deberá procurar una alternativa habitacional. Si se resuelve, no habría más recorrido, pero en el caso de que no se consiga esa alternativa, “el propietario tendrá derecho a una compensación” en función del índice de referencia del mercado del alquiler. En este caso deberá ser el arrendador el que reclame esa compensación, ha apuntado Ábalos.

martes, 5 de enero de 2021

La Justicia Europea condena a España por no adoptar la legislación de contadores individuales de calefacción en viviendas

 El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que España ha incumplido la Directiva relativa a la eficiencia energética, al no haber adoptado normas nacionales sobre la instalación de los dispositivos de medición individuales del consumo de calefacción, refrigeración y agua caliente en los edificios.


El plazo fijado en el dictamen motivado emitido por la Comisión, recibido por España el 9 de marzo de 2018, expiraba el 9 de mayo de 2018.

El Tribunal de Justicia señala que en esa última fecha España no había adoptado todas las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a su obligación.

lunes, 4 de enero de 2021

El TEDH condena a España a pagar 11.000 euros por comunicar mal un embargo

 El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condena a España a pagar a unos demandantes 2.400 euros en concepto de daños no pecuniarios y 8.417,50 euros por costas y gastos, al considerar que violó el derecho a ser escuchados por un tribunal de una pareja, formada por una ciudadana finlandesa y un ciudadano gambiano, residentes en Málaga, al no notificarles correctamente un procedimiento de desahucio, impidiendo su defensa.



La sentencia, de 15 de diciembre de 2020, considera que las autoridades españolas no hicieron los esfuerzos suficientes para asegurarse de que se les comunicaba efectivamente la puesta en marcha del procedimiento de un apartamento que tenían alquilado.

Los recurrentes alegaban en su defensa que tras no poder notificarles en el domicilio embargado la primera vez, las autoridades no llevaron a cabo una mínima investigación para encontrar una dirección alternativa, a pesar de que en el contrato de alquiler con opción a compra que firmaron por la casa figuraba otra dirección, lo que les impidió defenderse en el procedimiento judicial.

Los abogados del Estado alegaron que el procedimiento se había desarrollado conforme a la ley y en la dirección que se especificaba expresamente en el contrato de alquiler para cualquier comunicación.

El TEDH da la razón a los demandantes, al considerar que "la violación de derechos tuvo lugar en el marco del procedimiento de desahucio, siendo el posterior procedimiento de ejecución una consecuencia del mismo". Y falla que el juzgado debió enviar comunicaciones a la dirección alternativa.