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Somos una Agencia Inmobiliaria de Ciudad Real con una dilatada trayectoria en el sector. Nuestra experiencia la ponemos al servicio de aquellos que desean vender o comprar su inmueble con el fín de tratar de ayudarles a conseguir el objetivo que desean. Contacten con nosotros y les mostraremos las ventajas de contar con nuestro trabajo.
jueves, 26 de diciembre de 2019
Excelente dúplex de tres dormitorios en Miguelturra/C. Real.
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miércoles, 6 de noviembre de 2019
Excelente finca en LA MANCHA/Ciudad Real
Casa Singular en LA MANCHA, Ciudad Real, donde podrá disfrutar de la naturaleza y el medio rural manchego, en la comodidad y con el confort de una gran vivienda, situada a 70 Km. de la capital y 200 Km de Madrid. Por su buenas comunicación puede utilizarse como vivienda habitual o bien como segunda residencia. Pulsa en el siguiente enlace para conocer más características
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viernes, 27 de septiembre de 2019
Una oportunidad irrepetible ¿Cuándo lo visitas?
Una excelente inversión como vivienda habitual o como inversión. Pregúntanos y te informamos de sus características.
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martes, 10 de septiembre de 2019
Apartamento muy céntrico nuevamente rebajado
Apartamento muy céntrico de Ciudad Real de dos dormitorios, totalmente tranquilo al ser interior y mucha luz natural. Una auténtica OPORTUNIDAD PARA NO DEJARLA PERDER que con una pequeña reforma quedaría impresionante.
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viernes, 23 de agosto de 2019
Ahora piso de 4 dormitorios en C. Real a un PRECIO ESPECIAL
Ubicación excelente para un piso de C. Real a un precio ESPECIAL.
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lunes, 12 de agosto de 2019
Consejos para evitar robos en verano
El Verano y las vacaciones
es la mejor época del año para descansar y relajarnos pero ¿Es el verano la
época del año con más robos? Según datos las incidencias son lineales durante
todo el año, aunque según el comparador de seguros de hogar Acierto.com los
robos a viviendas se disparan un 35% durante esta época.
Según una encuesta
realizada por el Instituto Sondea para Securitas Direct, el
90,22% de los españoles saldrá de vacaciones fuera de casa este
año.
Aquí vamos a
mencionar cinco consejos de seguridad en el hogar a tener en cuenta:
1.-
Aspecto exterior de la vivienda
Si vas a estar varios días
fuera intenta no tener bajadas todas las persianas. De modo que indiques o
sugieras que dentro de casa sigue habiendo actividad.
No dejar tampoco ningún
elemento de valor que pueda ser visto desde el exterior.
2.-
Sistema de iluminación
Utilizar programadores para
que se enciendan o apaguen las luces en determinadas horas.
En cualquier caso, si no
dispones de una buena iluminación externa, puedes recurrir a luces exteriores
que disuadan a los posibles intrusos ante la posibilidad de ser vistos.
3.-
Ventanas y cerraduras
Es imprescindible que todas
tus ventanas se queden total y absolutamente cerradas. Además, muchas veces
suelen deteriorarse con el tiempo, así que tampoco estará de más que las
revises a conciencia antes de salir. Comprueba también que todas tus cerraduras
están en perfecto estado de conservación. Al irte, no olvides cerrar
la puerta con vuelta de llave para que nadie pueda entrar
con el sistema del resbalón (introduciendo una lámina de plástico o
radiografía).
4.-
Publicaciones en redes sociales
En plena época de auge de
las redes
sociales, tus publicaciones en ellas pueden no ayudarte
demasiado. No se trata de que no publiques las fotos de tus vacaciones, sino de
que elijas bien el momento de hacerlo y, sobre todo, que seas cuidadoso a la
hora de dar demasiados detalles sobre tu destino, tu ubicación exacta o la
fecha en la que volverás a casa.
Por ello, es mejor que
evites dar pistas sobre desplazamientos y ausencias a los posibles ladrones y
desactives la geolocalización de tus dispositivos y aplicaciones móviles.
5.-
Alarma
Si cuentas con un sistema
de alarma o videovigilancia, no olvides conectarlo durante las vacaciones.
Además, también puedes pedir a un familiar, amigo o vecino que visite la
vivienda para comprobar que todo está en orden y que no ha habido problemas.
miércoles, 7 de agosto de 2019
Ahora a un precio, más bajo, realmente excepcional...
Apartamento de 2 dormitorios en residencial tranquilo con piscina y paddel a 15 minutos a pié de la Plaza Mayor.
En el siguiente enlace verás el resto de características.
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viernes, 28 de junio de 2019
Tan sólo 44.000 €., interesante apartamento de Ciudad Real.
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¡ Si se ajusta a tus necesidades no tardes en llamarnos !
jueves, 9 de mayo de 2019
jueves, 11 de abril de 2019
Excelente chalet, próximo a Almagro. Posibilidad de funcionar como Casa Rural.
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viernes, 29 de marzo de 2019
¿Cómo integrar el Mindfulness en nuestro hogar?
¡El mindfulness está de moda! Y ya está llegando a
muchos hogares. Pero, ¿en qué consiste esta tendencia?
El mindfulness hace referencia a la práctica de un
tipo de meditación y relajación corporal y es un concepto que puede extenderse
a nuestra vivienda. Se trata de un ejercicio de atención plena que nos
invita a ser conscientes de nosotros mismos y vivir en presente en un tiempo
como el actual, en el que estamos constantemente distraídos por la
tecnología. Una casa mindfulness es aquella pensada
para vivir y no para impresionar.
Aquí te damos algunas ideas para crear una casa mindfulness:
Rodéate
de naturaleza.
Deja entrar la luz natural en la vivienda para que
ilumine todos los espacios.
Las plantas son una excelente fuente de decoración y
haz uso de materiales naturales. Los muebles de madera son ideales por su
calidez y conexión con la tierra. Las telas y los detalles decorativos también
deben ser naturales.
Mejor,
un diseño minimalista.
Busca una decoración sencilla. Los excesos
te impedirán dejar la mente en blanco. Debes mantener espacios amplios, que te
ayudarán a sentir más comodidad.
Que
los colores sean relajantes y naturales.
La pintura también debe ser natural. Elige colores que
transmitan relajación y bienestar. Son colores mindfulness: verdes,
marrones y ocres, azules y blanco.
Confort
siempre.
El confort es lo más importante. Los muebles deben ser
cómodos. No tienen que ser muebles bonitos para aparentar, sino mobiliario que
te guste y sea práctico.
Y
por supuesto… Define un espacio para ti.
Se trata de tener un espacio dedicado solo a
ti, un refugio donde esté aquello que te gusta. No se necesita mucho: una
mesa o escritorio y un asiento cómodo es más que suficiente.
miércoles, 27 de marzo de 2019
Aplio piso en el centro neurálgico de Ciudad Real.
¿Te gusta vivier en el centro?. ¡¡ Visita éste piso !!
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miércoles, 6 de marzo de 2019
El uso de cámaras de vigilancia en las comunidades de vecinos
Las cámaras privadas
para vigilancia pueden ser colocadas desde mirillas, pasillos, garajes, hasta
zonas comunes en comunidades de vecinos o viviendas unifamiliares adosadas,
ventanas o portales.
Sin embargo, el
tratamiento individualizado de las imágenes pone en juego dos cuestiones
fundamentales:
1 El uso que se le podrá dar a la grabación resultante. No se puede grabar bajo cualquier
excusa. El artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que «No
surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando
los derechos o libertades fundamentales».
2 Puede
haber responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales
para los casos más graves (los delitos contra la intimidad o el
derecho a la propia imagen castigados por los artículos 197 y siguientes del
Código penal), simples ilícitos administrativos (sanciones impuestas por la
Agencia Española de Protección de Datos por vulneración de la Ley Orgánica
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal) o
incumplimientos civiles.
Cámaras de seguridad para comunidades de
vecinos: Videovigilancia.
La videovigilancia en
una comunidad de vecinos es la instalación de cámaras en los elementos
comunes del edificio con el fin de mejorar la seguridad dentro del
mismo.
Es de vital
importancia, como ya hemos visto, compatibilizar siempre seguridad y
vigilancia con los derechos fundamentales, como el derecho a la propia
imagen y el derecho a la protección de datos.
Para garantizar los
derechos de las personas cuyas imágenes son tratadas por medio de la
videovigilancia, la Agencia de Protección de Datos publicó la instrucción
1/2006. Esta instrucción va dirigida al tratamiento de imágenes de personas físicas
identificadas o identificables con fines de vigilancia a través de sistemas de
cámaras y videocámaras, entendiendo por tratamiento no solo la grabación sino
también la captación, transmisión, conservación y almacenamiento de imágenes,
incluida su reproducción o emisión en tiempo real.
¿Cuántos votos son necesarios para la
instalación de cámaras de vigilancia en una comunidad?
La comunidad de
vecinos deberá contar con el voto de las 3/5 partes de la totalidad de los
propietarios, así lo recoge el Artículo 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal.
No obstante, si la
instalación de las cámaras supone un complemento al servicio personal de
seguridad existente ya en la finca (vigilantes de seguridad privada,
controladores, etc.) será suficiente el acuerdo por mayoría simple.
¿Y qué pasa después de la instalación de
las cámaras?
Una vez aprobado el
presupuesto de la instalación de las cámaras de seguridad, hay que definir el
protocolo, quién recibe las imágenes, dónde se graban y quién las custodia.
El Protocolo establecido debe cumplir con la Ley de Seguridad Privada y con la Ley
Orgánica de Protección de Datos:
·
El grabador deberá tener una ubicación en lugar protegido.
·
Las grabaciones deben realizarse en modo local.
·
El acceso a la grabación deberá tener una contraseña.
·
Solo la persona autorizada y designada por la comunidad podrán acceder a la
visualización y recuperación de imágenes.
·
Cada dos años debe realizarse una auditoria de sistemas y procedimientos,
como indica el reglamento de la LOPD.
·
El grabador no podrá contener imágenes de más de 30 días.
Por otra parte, las
obligaciones de una comunidad equipada con videovigilancia y grabación de
imágenes son:
·
Colocar en zonas videovigiladas un distintivo informativo.
·
La persona o entidad que prevea la creación de ficheros de videovigilancia
deberá notificarlo previamente a la Agencia Española de Protección de Datos
para su inscripción en el Registro General de la misma.
·
Tener a disposición de los interesados impresos en los que se detalle la
información prevista en el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 15/1999.
·
El alta de las comunidades debe ser complementada obligatoriamente con la
elaboración del Documento de Seguridad.
De acuerdo con el
Reglamento General de Proteccion de Datos (RGPD) no es necesario el
consentimiento de las personas cuya imagen es captada por la video cámara, si
bien es necesaria una base legítima, que en los casos de la seguridad de una
instalación privada, por ejemplo será el interés legítimo del responsable.
viernes, 1 de febrero de 2019
¿Puedo instalar un punto de recarga para vehículos eléctricos en mi plaza de garaje?
Las ventas de vehículos eléctricos en España están
creciendo. El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad prevé que para
2020 habrá más de 100.000 vehículos eléctricos en nuestro país. Pero en la
actualidad, todavía representan un escaso porcentaje.
Si somos o vamos a ser usuarios de un coche eléctrico
hay que tener en cuenta algo muy importante: necesitaremos acceder a un punto
de recarga.
Pero, ¿qué pasa si tenemos una plaza de garaje en un
edificio comunitario? ¿Podemos instalar un punto de recarga para nuestro
vehículo?
La respuesta es sí. La Disposición final primera de
la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y
renovación urbanas, redactó el artículo 17 de la Ley de Propiedad
Horizontal. Y en el apartado 5 se establece que se puede instalar un
punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento
del edificio.
El artículo 17. Punto 5 de la Ley de
Propiedad Horizontal indica:
"5. La instalación de un punto de
recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del
edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo
requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación
y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el
o los interesados directos en la misma."
Es decir, que la instalación es posible y la comunidad
no puede negarse, pero debemos cumplir los siguientes requisitos:
• Comunicar por escrito al presidente de la comunidad
nuestra intención de llevarla a cabo y guardar copia del documento firmado con
sello y firma.
• Hacernos cargo de todos los gastos y tener en cuenta
de qué manera afectará la instalación a las zonas comunes.
También hay que destacar que en los
edificios de nueva construcción: el Real Decreto
1053/2014 establece que los garajes comunitarios de
edificios de viviendas deben contar con una preinstalación, es
decir, una conducción común para facilitar las posteriores derivaciones a cada
plaza de garaje.
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