martes, 13 de junio de 2017

El TC extiende a toda España la nulidad de la plusvalía municipal cuando hay pérdidas




El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la norma foral que regula el impuesto sobre la plusvalía en Guipúzcoa. Ahora ha extendido a toda España la nulidad del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Como en la sentencia en la que ya anuló el mismo impuesto establecido en Álava y Guipúzcoa, el Pleno del TC considera que el impuesto, tal y como está regulado, vulnera el principio constitucional de capacidad económica, ya que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien, "sino a la mera titularidad del terreno durante un período de tiempo".
El Tribunal considera conforme a la Constitución que el legislador establezca impuestos que graven el incremento del valor de los terrenos urbanos, pero siempre y cuando aquellos respeten el principio de capacidad económica que exige la Carta Magna. Eso supone que el impuesto no puede en ningún caso gravar actos o hechos que "no sean exponentes de una riqueza real o potencial".