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viernes, 21 de diciembre de 2018
lunes, 17 de diciembre de 2018
EL GOBIERNO PROLONGA LA DURACIÓN DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER, LIMITA LAS FIANZAS PERO NO LAS RENTAS
|
viernes, 14 de diciembre de 2018
El Supremo prohíbe el uso de la vivienda familiar al padre o la madre con hijos que lleve a su nueva pareja
El Tribunal
Supremo ha establecido que el padre o la madre que vive con sus hijos en una
vivienda familiar en régimen de gananciales y que lleva su nueva pareja a
convivir con ellos de manera estable, pierde el derecho a disfrutar del uso de
esa casa.
La resolución
desestima el recurso de casación de la Fiscalía contra una sentencia de la
Audiencia Provincial de Valladolid que había acordado la extinción del derecho
de uso de la vivienda por considerar que la entrada de una tercera persona en
el inmueble hacía perder a este su antigua naturaleza de vivienda familiar, al
servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.
En este
caso, una pareja de Valladolid se divorció y la mujer se quedó con sus hijos en
la vivienda familiar. Pasado un tiempo, entró a vivir su nueva pareja, por lo
que su ex marido la demandó. El Supremo afirma que el derecho a residir en la
vivienda familiar se mantiene "en tanto que se conserve este carácter
familiar".
Sin
embargo, en el caso que ha estudiado la Sala, dicho carácter "ha
desaparecido, no porque la madre e hijos hayan dejado de vivir en ella, sino
por la entrada de un tercero, dejando de servir a los fines del
matrimonio".
Y explica: "La introducción de una tercera persona hace perder a la
vivienda su antigua naturaleza por servir en su uso a una familia distinta y
diferente".
jueves, 15 de noviembre de 2018
¿Se pagan más impuestos por las hipotecas en España?
La respuesta es sí. En
España se cobran más impuestos de hipoteca que en otros países europeos.
Por ejemplo, el impuesto AJD,
del que tanto se ha hablado en los medios recientemente por la polémica de la
decisión del Tribunal Supremo, tiene un coste medio en España de 2.500 euros.
Sin embargo, en otros lugares europeos ni siquiera se cobra.
Un estudio realizado recientemente manifiesta que
en Alemania, Reino Unido y Holanda no existe este impuesto ni uno similar, y
que en Francia, Italia y Portugal hay un impuesto equivalente. Pero aún así, su
cuantía es mucho menor que en España.
En Francia, el nombre del
impuesto es “Contribution
de Sécurité Inmmobilière” y apenas alcanza los 120 euros en una
hipoteca de 200.000 euros. En Italia, es el “Imposta Sostitutiva” y
su cuantía es de unos 500 euros. En Portugal, el impuesto similar se denomina “Importo
do Selo” y cuesta unos 1.200 euros.
La semejanza de estos impuestos
con el IAJD es que se aplica sobre los préstamos hipotecarios y que lo asume el
cliente (como ocurría en España hasta ahora).
Además, la
carga fiscal es mucho más reducida.
En España, el impuesto se
establece sobre la responsabilidad hipotecaria, suponiendo entre 1,4 y 1,5
veces el importe del préstamo.
Por el contrario, en
Portugal e Italia el impuesto se aplica sobre el importe del préstamo
hipotecario. Mientras que en Francia, sobre una cantidad equivalente a 1,2
veces el préstamo.
Respecto al tipo impositivo
que se aplica, en España la cuantía depende de la región en la que se firme la
hipoteca, moviéndose entre el 0,5% y el 1,5%. En Portugal, se paga un 0,6% (y
del importe del préstamo, que es inferior a la responsabilidad hipotecaria),
mientras que en Italia se aplica un 0,25% (en el caso de segundas residencias
es un 2%) y en Francia, un testimonial 0,05%.
Actualmente, el
Gobierno de España ha cambiado la normativa para que los bancos paguen el
impuesto AJD.
miércoles, 14 de noviembre de 2018
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jueves, 8 de noviembre de 2018
EL IMPUESTO AJD VINCULADO A LAS HIPOTECAS LO PAGARÁN LOS BANCOS
El Gobierno aprobará un decreto ley con el que modificará la norma que regula el impuesto de actos jurídicos documentados vinculado a las hipotecas, para que “nunca más” tengan que pagarlo los consumidores, sino que lo paguen los bancos.
Es la respuesta del Gobierno al fallo del Supremo de este martes, que, enmendando una sentencia de mediados de octubre, ha dictaminado que han de ser los clientes, y no la banca, los que paguen el impuesto al constituir un crédito hipotecario. Además, Sánchez ha anunciado también que llevará al Congreso la creación de una “autoridad independiente de protección de los clientes financieros”, un órgano para proteger a los ciudadanos de abusos y conflictos del sistema financiero.
Choque entre dos poderes del Estado
Nunca antes se había visto un choque tan fuerte y rápido entre el alto tribunal y el Gobierno. En la rueda de prensa para explicar la medida, Sánchez ha cargado con dureza contra el tribunal, controlado por los conservadores y presidido por Carlos Lesmes, un hombre aupado allí por el PP al que ahora le queda menos de un mes de mandato, al menos en teoría.
"El Gobierno trabaja para que se cumplan los plazos" de renovación del Poder Judicial, ha dicho Sánchez apuntando así al final de la carrera de Lesmes. "Creo que el Tribunal Supremo tiene que hacer una reflexión sobre el debate que se ha suscitado sobre su credibilidad. Tienen que reflexionar sobre estas dos semanas. Respeto la independencia del poder judicial, pero ningún poder está fuera de la crítica, creo que el poder judicial debe hacer autocrítica de lo que ha pasado". A pocas semanas del inicio del juicio del procés, el más importante para el Supremo de los últimos años, Sánchez ha querido desvincular los dos procesos, pero ha admitido que el tribunal ha quedado tocado.
El presidente cree que tendrá apoyo parlamentario sin problemas para convalidar este decreto que se aprueba mañana. El PP, sin embargo, plantea ahora eliminar directamente este impuesto, por el que las comunidades autónomas ingresan más de 8.000 millones de euros anuales. Sánchez ha cargado contra el líder del PP, Pablo Casado, por sugerir esta eliminación. "Que hable con los presidentes de comunidades autónomas del PP, porque a mí ellos me piden más recursos para sanidad, educación, infraestructuras. Si eliminan este impuesto tendrían menos recursos. Nosotros queremos que se mantenga y que lo paguen los bancos", ha señalado el presidente.
Tras la polémica suscitada este martes después de la decisión del Supremo de dejar en manos del cliente el pago del impuesto de actos jurídicos documentados, Sánchez ha comparecido de manera extraordinaria en La Moncloa para explicar la reforma legal elegida por el Gobierno para que sean los bancos los que paguen el impuesto a partir de la entrada en vigor de la nueva legislación. Y ha hecho mucho énfasis en esta idea: "Que nunca más sean los ciudadanos los que paguen este impuesto, sino que sean los bancos". Finalmente, será a través de un decreto ley por el que se modificará el artículo 29 de la ley de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, la que regula el impuesto que se paga a la constitución de una hipoteca. El decreto será aprobado mañana en Consejo de Ministros y estará en vigor el viernes, cuando se publique en el BOE.
Actualmente, el artículo 29 la norma afirma que "será sujeto pasivo [del impuesto y por tanto, quien debe pagarlo] el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan". Es esa última frase la que causaba problemas de interpretación y por la que se introdujo un reglamento que especificaba que tenía que pagarlo el cliente. Con la reforma, "quedará claro que el impuesto de actos jurídicos documentados corresponderá siempre a los bancos y nunca más a los ciudadanos de a pie".
El presidente del Gobierno ha sido bastante duro con la actuación del Supremo, que este martes corrigió una jurisprudencia que había sido establecida apenas hace tres semanas, con una sentencia del 16 de octubre que a su vez enmendaba 20 años de criterio sobre el impuesto de las hipotecas. Sánchez ha dicho que, pese a que "respeta siempre" la independencia del poder judicial, "el Ejecutivo no puede dejar de lamentar la situación generada por la sentencia del día 16 y que culminó este martes con la doctrina rectificada. La situación no es positiva ni para los bancos ni para los jueces ni, sobre todo, para los ciudadanos". Ha llegado a afirmar que el "Supremo tiene que reflexionar sobre su credibilidad".
Como gesto a los consumidores, "para elevar la protección de los derechos de los clientes financieros", Sánchez ha anunciado también que enviará a las Cortes la "creación de una autoridad independiente de protección de los clientes financieros", cuyo objetivo será "garantizar la seguridad jurídica de todos", reforzar la protección ante los abusos del sistema financiero y mejorar la capacidad de resolver conflictos en el sector financiero".
Buena disposición de partidos para aprobar la modificación del impuesto
En la reforma de la ley contará el Gobierno, cuando la envíe al Parlamento, previsiblemente con el apoyo de buena parte de los grupos parlamentarios. El presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, y antes de conocer las intenciones del Gobierno, ha dado carta blanca para apoyar una reforma legal que haga que los bancos asuman el pago del impuesto. La fórmula "más rápida", siempre que esté bien hecha para no ser tumbada, ha pedido el líder, Albert Rivera, en comparecencia de prensa en el Congreso, ha reclamado a los grupos políticos consenso "unánime y urgente" sobre esta reforma exprés. "Si puede ser, hagámoslo la semana que viene", ha subrayado.
Ciudadanos es muy crítico con el Tribunal Supremo, que considera que se ha "autolesionado" con esta decisión y debe hacer autocrítica. Pero no pide el líder del partido liberal la dimisión del presidente del Supremo, aunque sí "cortar el cordón umbilical" entre la política y la judicatura, con un cambio en el proceso de elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial.
La portavoz del PSOE también ha expresado sus críticas a la actuación del Supremo. "Los trabajadores de este país fueron solidarios con el sistema financiero, al que se inyectó 77.000 millones de euros por la gran crisis que sufrió hace una década. Recursos que no vamos a volver a ver. Lo que es inexplicable es lo que ha pasado ahora con el impuesto sobre actos jurídicos documentados", ha incidido.
miércoles, 7 de noviembre de 2018
La banca gana: el Tribunal Supremo da marcha atrás
El
Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha
acordado, tras dos jornadas completas de deliberaciones y con un Tribunal
partido por la mitad (15 magistrados a favor de la banca y 13 a favor del
cliente), que las cosas vuelvan a estar como estaban. Es decir, que quien paga
el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en las hipotecas es el que solicita
el crédito.
Hace
tan solo unos días, el 18 de octubre, el Tribunal Supremo había cambiado de
criterio en su sentencia nº 1505/2018 y había establecido que quien debía pagar
el impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas era el banco y no
el cliente. Esta decisión abría la puerta a que los usuarios reclamaran a las
entidades financieras la devolución de lo que pagaron en su día por este
impuesto.
La
Sala de lo Contencioso-Administrativo afirmaba en esta sentencia, que
modificaba así su reiterada jurisprudencia anterior lo siguiente: "El
sujeto pasivo en el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentos cuando el
documento sujeto es una escritura pública de préstamo con garantía hipotecaria
es el acreedor hipotecario, no el prestatario",. Su nueva interpretación
de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados y de su Reglamento conducía a que quien solicitara la hipoteca no
fuera ya el responsable legal de abonar este último impuesto, sino la entidad
financiera que otorga el préstamo.
Un
día después, dada la repercusión económica y social del fallo judicial (la
ministra de Hacienda María Jesús Montero había calculado en cerca de 5.000
millones el impacto en las arcas públicas de la devolución del impuesto), el
Presidente de la Sala Tercera del Supremo, Luis María Díez-Picazo, decidió
paralizar la sentencia que daba la razón a los usuarios y avocaba al Pleno la
decisión definitiva, ya que la sentencia nº 1505/2018 supone un giro radical en
el criterio jurisprudencial sustentado durante más de 20 años.
La
nota informativa del Presidente provocó un aluvión de críticas incluso por
parte de las asociaciones mayoritarias de jueces, que calificaban de "gran
error" este giro de los acontecimientos.
Hay
que tener en cuenta que este tributo supone el principal coste de constitución
de una hipoteca. El tipo de gravamen aplicable varía en cada comunidad
autónoma, pero en términos generales oscila entre el 0,5% y el 1,5% del importe
de la hipoteca. Para una escritura de 150.000 euros, oscila entre los 750 y los
2.250 euros.
El
motivo de esta decisión judicial era que el único interesado en que la hipoteca
constase en una escritura pública y se inscribiese en el registro es la entidad
financiera, ya que con ello se asegura la recuperación de la cantidad prestada.
En consecuencia, los magistrados anulaban el artículo del reglamento del
impuesto que establecía expresamente lo contrario: que era el cliente quien
debía abonar el impuesto.
Ahora todo vuelve a su punto de partida. Habrá que
esperar a conocer el texto de las sentencias, que se publicará en los próximos
días, para entender los razonamientos del Alto Tribunal. Mientras tanto, la
banca respira.
miércoles, 31 de octubre de 2018
Documentos que debe facilitarnos el vendedor antes de comprar una vivienda
Comprar una vivienda supone enfrentarnos a una difícil decisión. Por eso es muy importante conocer todos los aspectos posibles en torno a esta actividad.
Uno de los factores más importantes es que la vivienda que vamos a comprar tenga todo en regla para evitar conflictos en el futuro. Para asegurarnos, podemos pedir los documentos oportunos al vendedor, los cuales enumeraremos a continuación:
Nota simple del inmueble.
Se puede pedir acudiendo a la Oficina del Registro de la Propiedad o por internet. Este documento recoge información muy importante, como el número de registro de la propiedad del inmueble y de la finca registral, la identificación del titular o titulares y si hay cargas que afecten a la vivienda (hipotecas, embargos…).
Último recibo del IBI.
Demuestra que el propietario está al corriente de pago de este impuesto.
Certificado Energético.
El Certificado de Eficiencia Energética es obligatorio desde 2013. Indica el consumo energético de un inmueble. El notario no aceptará la firma de las escrituras de la compraventa sin este documento.
Licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad.
Para comprobar que se han inscrito boletines con las empresas suministradoras de los servicios básicos: electricidad, agua y gas.
Últimos recibos de suministros del inmueble.
Son necesarios para realizar los cambios de nombre del nuevo titular del inmueble.
Certificado de corriente de pago de los Gastos de Comunidad.
Confirma que el propietario está al día de los gastos comunitarios (cuotas y derramas). Debe ser emitido por el Administrador de la comunidad o, por defecto, por el presidente de la Comunidad de Propietarios.
Asimismo, es conveniente solicitar los Estatutos de la Comunidad de Propietarios y las normas de la Comunidad.
Planos de instalaciones y obras.
Nos permitirá comprobar las modificaciones realizadas en el inmueble, si las hubiera.
Certificado de Inspección Técnica de Edificio (ITE).
Sobre todo es aconsejable solicitarlo en edificios antiguos para verificar en qué condiciones se encuentra en edificio y posibles obras de mantenimiento pendientes de realizar.
Todos estos documentos se pueden requerir si la vivienda es de un titular. Sin embargo, si pertenece a un promotor o estamos comprando una vivienda sobre plano, entonces deberemos solicitar otra documentación.
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