miércoles, 28 de octubre de 2020

Tendencias Decoración 2020

 

LED-manía hasta en la ducha
El sistema LED se está colando en cada rincón de la casa. Elegante y versátil, se ha abierto un hueco en el mundo de la decoración gracias a su iluminación eficiente, duradera, que ayuda a ahorrar y no contamina. Además, es la única luminaria que reproduce todos los colores del arco iris y con dispositivos programables permite incluso crear movimientos con luces y figuras.




El negro en las cocinas
Un poco drástico, pero sí, el negro es una de las apuestas más firmes en este ránking de tendencias deco, no solo en mobiliario, también en encimeras, fregaderos, grifería y electrodomésticos.
Pasión por el arte de los kilims
Antiguamente estas piezas decoraban las tiendas nómadas o servían de cubierta para protección de animales y equipajes, pero su gran belleza ha hecho que hoy las veamos en los hogares de todo el planeta. 
Estilo Decó: vuelve la opulencia
Desde los años 20 a los 40 el estilo art Decó nos dejó una fascinante herencia que en su momento encarnó lujo, diseño y modernidad. Elegante y con líneas actuales, ahora vuelve a triunfar cargado de la sofisticación más pura y los materiales más suntuosos.
El estilo casual entra en el hogar
Una casa cómoda y sencilla pero sin perder ese toque de elegancia. Como en la moda, el casual llega a la decoración y ha logrado introducirse en nuestros hogares. Una apuesta por la funcionalidad y el minimalismo, con colores neutros, suaves y sin estridencias, aunque con algunos elementos de contraste, para crear ambientes acogedores.
Tendencia materiales: naturales
La tendencia de los materiales naturales sigue en plena vigencia y seguirá completando los interiores con acierto y con el mínimo impacto ecológico: maderas recuperadas, cáñamo, ratán, yute y mimbre se consolidan en forma de textiles orgánicos, muebles reciclados o revestimientos naturales.
Menos es más: por qué triunfa el diseño nórdico
Hartos del exceso, de los estampados estridentes, de los materiales futuristas... Las nuevas tendencias en decoración, inspiradas en los países escandinavos, imponen sobriedad de líneas y materiales y juegos de texturas y de luz que añaden calidez, optimismo y relax. Descubrá cómo conseguirlo.
Decoración: el estilo de Don Draper
Distinguido, pulcro y, sobre todo, muy varonil. Las líneas masculinas se imponen en la decoración de hogares y apartamentos urbanos. 
Es tiempo de contrastes
Mezclar, combinar, perder el miedo a fundir los clásicos pasteles con tonos fuertes y estampados vibrantes. Se llevan los neutros, el blanco eterno, pero con toques de color, atrevidos, que den energía y positivismo a nuestra casa y a nuestras vidas.
Colores: El azul clásico, beige y naranja
El color oficial del año 2020 elegido por Pantone, 'Classic blue', es atemporal y duradero, pero elegante en su simplicidad.
El omnipresente blanco se aparta para dejar un hueco a un olvidado beige dentro de los tonos neutros. El beige, tan adaptable y clásico, vuelve para envolver de calidez y serenidad las paredes, los muebles y en general todos los espacios de tu casa.
Tampoco pierdas de vista el naranja, en su versión más potente, brillante y lleno de vitalidad.
Paredes con personalidad
Triunfarán las paredes rotundas, llamativas, que intentan decir mucho, con mezclas de dos, tres o cuatro colores, con texturas, zócalos y molduras en relieve, panelados de madera, mitad pintura y mitad otro material (papel pintado).  Paredes encaladas, materiales rústicos como el lino y la rafia, cojines por doquier, juegos de rojos y azules y la vibrante luz del estío como protagonista. Descubra las claves para llenar su hogar de verano.
Curvas sinuosas
Las curvas las verás en las lámparas, que vuelven a copar todas las miradas para aportar dinamismo y carácter a los interiores el próximo año.
El 'Japandi'
Piensa en un estilo que reúna lo mejor del estilo oriental y lo más representativo de la estética escandinava. El resultado es el 'japandi', un estilo que combina la madera natural, muebles de materiales y formas orgánicas, todo envuelto en colores neutros y suaves.
Muebles inteligentes
La tendencia 'smart home' se expandirá aún más durante 2020, llegando a la cocina de la mano de electrodomésticos inteligentes capaces de decirte cuándo los alimentos están a punto de caducarse o cuándo necesitan ser repuestos.
Techos con acento
Los techos apuntan a acaparar todo el protagonismo, no solo en términos de color, también a través de molduras, rosetones, incluso vigas de madera o de imitación rústica.
El maximalismo
2020 será el año de los colores brillantes, la mezcla de estilos y estampados, como respuesta a las líneas limpias y neutras del minimalismo imperante de los últimos años.

viernes, 16 de octubre de 2020

Clausulas más transparentes en los préstamos hipotecarios

 

Con la entrada en vigor  de la Directiva 2014/17/UE, de 14 de febrero de 2014se aprobó la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora del crédito inmobiliario con la que se pretendía poner fin a dicha litigiosidad entorno a las cláusulas contractuales.




Numerosas han sido las sentencias que se han pronunciado sobre dichas clausulas que vamos a mencionar más adelante:

1. Vencimiento anticipado

El artículo 693.2 LEC, en la Ley 1/2013, de 14 de mayo, disponía que podría reclamarse la totalidad de lo adeudado por capital e intereses si se hubiese convenido el vencimiento total en caso de falta de pago de, al menos, tres plazos mensuales sin que el deudor cumpliere su obligación de pago o un número de cuotas tal que supusiese que el deudor hubiera incumplido su obligación por un plazo, al menos, equivalente a tres meses, siempre que este convenio conste en la escritura de constitución de la hipoteca.

En aquellos préstamos firmados con anterioridad a dicha fecha y que acordaban el vencimiento en otros términos, el prestamista no declaraba vencido el préstamo en tanto en cuanto no se cumpliese, en la práctica, con lo estipulado en la citada regulación. Es por ello, el Tribunal Supremo venía admitiendo la validez de esta cláusula, siempre que el incumplimiento del deudor fuese esencial y suficientemente grave con respecto a la duración y la cuantía del préstamo.

Posteriormente, con el artículo 24 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, se establece que el vencimiento anticipado solo podrá tener lugar cuando se produzca el impago de cuotas equivalente a:

1. Al 3% de la cuantía del capital concedido, si la mora se produjera dentro de la primera mitad de la duración del préstamo.

2. Al 7% de la cuantía del capital concedido, si la mora se produjera dentro de la segunda mitad de la duración del préstamo.

En consecuencia, se modifica el artículo 693.2 de la LEC quedando redactado de la forma que sigue:

Podrá reclamarse la totalidad de lo adeudado por capital y por intereses en los términos en los que así se hubiese convenido en la escritura de constitución y consten en el asiento respectivo. Siempre que se trate de un préstamo o crédito concluido por una persona física y que esté garantizado mediante hipoteca sobre vivienda o cuya finalidad sea la adquisición de bienes inmuebles para uso residencial, se estará a lo que prescriben el artículo 24 de la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y, en su caso, el artículo 129 bis de la Ley Hipotecaria”.

Esta nueva regulación es de aplicación también a los contratos anteriores a su entrada en vigor. Al respecto, el Tribunal Supremo, en su Sentencia núm. 463/2019, de 11 de septiembre, resuelve que:

·        Los procesos en los que el préstamo se dio por vencido antes de la entrada en vigor de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, serán sobreseídos.

·        Los procesos en que, con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 1/2013, se dio por vencido el préstamo, serán sobreseídos si los impagos de las cuotas de la hipoteca son inferiores a 12 meses.

·        Los procesos en que, con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 1/2013, se dio por vencido el préstamo, continuarán su curso si los impagos de las cuotas de la hipoteca son superiores a 12 meses.

Es importante destacar que, el Supremo advierte que los autos de sobreseimiento dictados en base a lo anterior no surtirán efecto de cosa juzgada, pudiéndose iniciar nueva demanda ejecutiva en cumplimiento de la Ley 5/2019, de 15 de marzo.

2. Intereses de demora

Con la publicación de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, se estableció como limitación que los intereses de demora no podían ser superiores a tres veces el interés legal del dinero.

Igualmente, se estableció que sólo podían devengarse intereses legales sobre el principal pendiente de pago.

La Ley 5/2019 fijó que, cuando el préstamo o crédito fuese concedido a una persona física y estuviese garantizado mediante hipoteca sobre bienes inmuebles de uso residencial, los intereses de demora serán el interés remuneratorio más tres puntos porcentuales.

De este modo, a la hora de calcular la deuda pendiente, el acreedor aplica como interés de demora el interés remuneratorio más tres puntos porcentuales.

3. Gastos hipotecarios

Finalmente la Ley 5/2019 establece que los gastos hipotecarios, para los préstamos hipotecarios firmados con posterioridad a su entrada en vigor, se distribuirán de la siguiente forma:

Serán a cargo del prestamista:

·        Los gastos de gestoría.

·        Los aranceles notariales.

·        Los gastos de Registro.

·        El pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (fijado tras la Sentencia núm. 1505/2018, de 16 de octubre de 2018, del Tribunal Supremo y el artículo 29 del Real Decreto Ley 17/2018, de 8 de noviembre).

Serán a cargo del prestatario:

·        Los gastos de tasación.

·        Los gastos notariales de las copias solicitadas por su cuenta.

No obstante, para aquellos préstamos hipotecarios firmados con anterioridad a dicha Ley, los gastos se distribuirán según la doctrina fijada por el Tribunal Supremo con sus cuatro Sentencias de 23 de enero de 2019 (SSTS 44/2019, 46/2019, 47/2019 y 48/2019), es decir:

·        Los gastos de notaria se deberán distribuir por mitad.

·        Los gastos de gestoría se distribuirán por mitad.

·        Los gastos de registro los asumirá el prestamista.

·        El impuesto recaerá sobre el prestatario pues, hasta la modificación de 2018, era el sujetado pasivo.

Tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europa, de 16 de julio de 2020, por la cual se estableció que “(…) en caso de nulidad de una cláusula contractual abusiva que impone al consumidor el pago de la totalidad de los gastos de constitución y cancelación de hipoteca, el juez nacional niegue al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de esta cláusula, salvo que las disposiciones de Derecho nacional aplicables en defecto de tal cláusula impongan al consumidor el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos”.

A pesar de existir una vertiente interpretativa que entiende que los gastos deberán ser enteramente asumidos por la entidad prestamista, la realidad es que la STJUE confirma la jurisprudencia del Tribunal Supremo y, por lo tanto, los gastos hipotecarios quedarán distribuidos en la forma explicada.

En este sentido se ha pronunciado el Tribunal Supremo, en su Sentencia núm. 457/2020, de 24 de julio (Recurso de casación 1053/2018).

La nulidad de una cláusula abusiva conlleva a la subsistencia de dicho contrato sin esa cláusula, pero eso no significa que esta no pueda ser sustituida por las disposiciones de Derecho nacional, como así ocurre con los intereses de demora.

En consecuencia, la nulidad de la cláusula no puede conllevar que el prestamista restituya unos gastos que no le corresponden pagar.

4. Comisión de apertura

Respecto de la comisión de apertura, en contra del criterio asentado por el Tribunal Supremo, resuelve la Sentencia del TJUE, de 16 de julio de 2020, que esta comisión estará sujeta a análisis de transparencia y será válida siempre que responda al servicio prestado, extremo cuya comprobación incumbirá al juez competente.

5. Pacto novatorio

No forman parte de las cláusulas del préstamo hipotecario, los contratos de novación que han sido objeto de reciente estudio y análisis.

Con ello nos referimos a aquellos contratos privados firmados, entre prestamista y prestatario, a efectos de modificar ciertas cláusulas del préstamo hipotecario, principalmente con la finalidad de eliminar el tipo mínimo (cláusula suelo) y evitar un futuro litigio entre las partes, convirtiendo así una situación de incertidumbre en seguridad para ambos.

El pasado 9 de julio, el Tribunal de Justicia resolvió respecto a estos contratos de novación indicando que la renuncia a hacer valer el carácter abusivo de una cláusula, para resolver una controversia, será válida siempre que proceda de un consentimiento libre e informado por parte del consumidor.

En todo caso, incumbe al Juez competente verificar dichos extremos.

sábado, 19 de septiembre de 2020

El problema del acceso a la vivienda de los jóvenes

 España tiene un problema estructural poblacional: tenemos la población más envejecida del mundo después de Japón y genera un desequilibrio en las cuentas públicas sin precedentes como demuestra el análisis del presupuesto y la partida de pago de pensiones. Los jóvenes no abandonan el hogar familiar no porque no quieran sino porque no pueden. Apenas uno de cada 10 jóvenes puede comprar o alquilar vivienda.



Si analizamos el comportamiento de las mismas generaciones en otros países europeos, podemos comprobar que la edad de emancipación se reduce considerablemente, como por ejemplo en el caso de Francia. Con la concesión de un aval del 20% por el Gobierno que ayudaría a limitar este problema.

Recientes estudios indican que gran parte de la población comprendida entre los 25 y 35 años elegiría tener una vivienda en propiedad antes que alquilar, pero pocas personas jóvenes pueden reunir los requisitos previos que se exigen para formalizar un préstamo hipotecario.

En el caso del mercado de compraventa, una solución podría ser facilitar el acceso a todos aquellos jóvenes que tienen capacidad de pago, pero no han tenido hasta ahora capacidad de ahorro que les permita aportar el porcentaje que se requiere para la compra.

Este mismo problema apareció en la crisis de 2008 en Reino Unido y Francia, y la solución que se dio fue la de facilitar un crédito del 20% por parte de la administración, junto con el 75% de una entidad financiera, y de este modo muchísimos jóvenes pudieron acceder a su primera vivienda. Estos programas están todavía vigentes en estos países con gran éxito.

En las circunstancias actuales con la crisis del COVID-19, no sería factible una solución que pase por la concesión de un crédito por parte del gobierno, pero sí por la concesión de un aval por ese mismo porcentaje, del 20%, que permitiría a las entidades financieras extender el crédito hipotecario hasta el 95% del valor de la vivienda

Con esta medida el Gobierno solo se tiene que comprometer actualmente a presentar el aval en el momento de entrega de la vivienda. Esto sucederá, en el mejor de los casos, para el año 2022.

 En términos de recaudación, la promoción y construcción de 350.000 viviendas en tres años, reportaría al Estado unos ingresos en concepto de impuestos de 8.850 millones de euros, cuantía importante para las arcas públicas.

Estamos ante una oportunidad única de resolver, en gran medida, el acceso a la vivienda por parte de los jóvenes, con un impacto casi nulo en el presupuesto nacional, pero con una reactivación económica.    

miércoles, 9 de septiembre de 2020

La ocupación ilegal en España

 

 

Los sectores inmobiliario y judicial piden al Gobierno medidas contundentes contra la okupación.
 

El Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI) de Barcelona y la Asociación de Agentes Inmobiliarios de Catalunya (AIC) han analizado el fenómeno actual de okupación de viviendas que se está produciendo en España en general y en Catalunya en particular.

El evento ha contado con una amplia representación de las diferentes partes implicadas en la materia.



Gerard Duelo ha querido agradecer a los asistentes su participación y ha señalado “la importancia de este tipo de sesiones en un momento de extrema necesidad de defender la propiedad privada y de establecer una normativa clara y ágil para poder poner solución definitiva a un fenómeno que ha registrado un aumento exponencial en los últimos años”.

Ramon Riera ha sido contundente en su intervención y ha puesto énfasis en que “hay okupaciones que son realizadas por gente sin hogar que no tiene nada que perder, pero también existen grupos de jóvenes organizados que ven en este tipo de acciones una forma de independizarse e incluso de realizar actividades delictivas”. 

 Por su parte, Judith Alberich ha puesto el foco en el aumento de casos que ha denominado ‘okupaciones ideológicas’, grupos ciudadanos que tratan enfrentarse a fondos o entidades que operan con edificios enteros en barrios de grandes ciudades. “En Tecnotramit no somos partidarios del pago para la recuperación del inmueble, pues no deja de ser un soborno que, aunque pueda ser una solución rápida y eficaz en algún caso, claramente puede provocar un efecto llamada que no es nada aconsejable. La mejor solución en estos casos es la mediación realizada por profesionales, especialmente en este tipo de casos ideológicos y evitando el daño reputacional, que es lo que buscan estos colectivos”, ha indicado.

El magistrado juez Fernando Valdivia ha compartido su amplia experiencia en los tribunales con los asistentes: “La mayoría de los casos de okupación que me he encontrado en los últimos 30 años no eran por vulnerabilidad o riesgo de exclusión social y, sin embargo, suele ser la única alegación que realizan los abogados, en su mayoría de oficio, para proteger a este tipo de delincuentes”. El magistrado también ha aprovechado para solicitar al poder político “una actuación más contundente para facilitar la labor a los magistrados y la policía” y “establecer juzgados especializados en esta materia y los medios necesarios”.

El abogado Albert Ferrer ha puesto el énfasis en la necesidad de “distinguir de si se trata de un delito penal de usurpación o un delito leve, en cuyo caso pueden existir vacíos legales aprovechados por parte la defensa”.

El arquitecto Manel Roger ha afirmado haber notado “un aumento de la okupación en viviendas de obra nueva”, un fenómeno que supone graves problemas para las constructoras: “Mientras la vivienda no ha sido entregada al comprador, es la empresa promotora la responsable del inmueble y la que tiene el problema de tener que recuperarla, por lo que es el constructor el que ha de hacer frente a los sobrecostes que acarrean los gastos en la seguridad 24h para prevenir la okupación o el robo de materiales de construcción”.

Por último, Constatino Pérez ha puesto sobre la mesa las cifras que este tipo de casos tienen detrás: “Con sobornos de 3.000 euros se pueden recuperar las viviendas que previamente han sido okupadas debido al trabajo de cerrajeros profesionales que, por alrededor de 1.500 euros, inhabilitan las cerraduras y dejan el inmueble a merced de los extorsionadores. En este contexto de alta profesionalización de los okupas, algunos sistemas de alarmas en los pisos vacíos funcionan como método disuasorio para la okupación”.


viernes, 14 de agosto de 2020

Últimas tendencias en decoración

 

Leds hasta en la ducha

Leds cómo sistema de iluminación están de moda y se está implantando en todas las habitaciones del hogar. Se ha abierto un hueco en el mundo de la decoración gracias a su iluminación eficiente, duradera, que ayuda a ahorrar y no contamina. Además, es la única luminaria que reproduce todos los colores, son dispositivos programables e incluso permiten crear movimientos con luces y figuras.

 

La tecnología LED avanza y la evolución estética de sus diseños está causando furor. Es limpia y sostenible, y gracias al ahorro energético y a su versatilidad se ha convertido en un elemento imprescindible a la hora no sólo de iluminar, sino también de decorar.

Pero además esta tecnología inteligente consume un 92% menos que las lámparas incandescentes y un 30% menos que las fluorescentes, su intensidad es inmediata desde el momento del encendido, es ecológica, porque no contiene mercurio, y puede durar hasta 20 años.

Las últimas tendencias introducen tanto ambientes futuristas como con un toque retro, con luces LED en cualquier armario o cajón, que se encienden al abrir y se apagan al cerrar, o camufladas en zonas de paso que se activan con sensores.

Lo más práctico y novedoso es el Smart Lighting Control, una nueva tecnología con la que a través de un dispositivo móvil se puede controlar el encendido, la intensidad y el color.

 Los kilims

Los llamados tejidos planos o kilim, son las alfombras más antiguas del mundo, descubiertas en los montes de Altai, la tierra de origen de los turcos nómadas. Son piezas anudadas a mano, con diseños inspirados en la naturaleza y en la rica tradición turcomana, con una amplia variedad cromática. De gran belleza, y con un valor decorativo que es tendencia hoy día tanto en salones cocinas y dormitorios.

Piezas fabricadas en lana o yute, de pura geometría y colores neutros, que ofrecen un equilibrio y armonía de matices, texturas y tonalidades perfectas para cualquier tipo de decoración. Detalles que dan personalidad para convertir nuestra casa en un lugar único.

Estilo Decó: vuelve la opulencia

Las geometrías, las lujosas texturas y los dorados toman de nuevo cada estancia del hogar.

Regresan los colores conviviendo en opuesta armonía: rojos y dorados, blancos y negros, con suntuosos materiales como satenes, terciopelos y lanas de Mongolia. Ahora regresa con fuerza con buen diseño, innovación y evolución, y con multitud de elementos para llenar cualquier rincón de la casa. El dorado es la estrella.

El estilo casual entra en el hogar

 El ‘casual’ llega a la decoración y ha logrado introducirse en nuestros hogares. Una apuesta por la funcionalidad y el minimalismo, con colores neutros, suaves y sin estridencias, aunque con algunos elementos de contraste, para crear ambientes acogedores.

El estilo "casual" propone formas cómodas y funcionales por encima de todo. La sencillez se impone, con la elección de colores neutros y suaves, con el blanco como protagonista. Se trata de lograr ambientes acogedores, bien iluminados y sin estridencias, para potenciar la tranquilidad y la calma.

Vuelve el minimalismo, la combinación de muebles blancos con madera natural, el material estrella, y los auxiliares de múltiples usos, con la introducción en ocasiones de algunos elementos de contraste que realcen el conjunto.

Una decoración en su justa medida, sin excesos, donde el orden es fundamental. Redistribuir los espacios y lograr estancias más despejadas y diáfanas es la prioridad, un aspecto que puede lograrse con tonalidades suaves en las paredes, un mobiliario de líneas rectas y una iluminación adecuada que dé amplitud.

Naturaleza en casa

Materiales naturales, diseños rústicos casi sin tratar, estampados orgánicos y tonalidades de otoño. La nueva tendencia en decoración nos acerca un poco más a la naturaleza.

Claves de una mesa minimalista

"keep it simple" Sin artificios, en tonos neutros y con materiales básicos y tradicionales. Todo ello para devolver a la comida el protagonismo que se merece.

Claves para conseguir una mesa minimalista:

- Mantener la pulcritud y sobriedad en la presentación 

- Mantenga el lienzo en blanco, que éste sea el color sobre el que disponga sus mejores recetas.

- Una vajilla romántica con el borde ondulado, un mantel de hilo con unas flores bordadas.

- Los manteles de lino, de hilo o algodón.

- Cubiertos totalmente de acero.

- Los vasos, siempre de cristal transparente