martes, 29 de mayo de 2018

Renta 2017: Bonificaciones fiscales para mayores de 65 años por la venta de un inmueble


Aquellas personas mayores de 65 años que hayan vendido una vivienda u otro inmueble durante el año pasado, tendrán algunos beneficios fiscales al realizar la declaración de la renta.
 Resultado de imagen de beneficios fiscales

¿De qué dependen las deducciones en el IRPF?

Están en función del tipo del inmueble del que se haya realizado la compraventa y del porcentaje de propiedad que tuviera el propietario.
Si se trata de vivienda habitual, la exención es del 100%. Es decir, el vendedor puede ahorrarse los impuestos que se deben pagar por la ganancia patrimonial que se consigue con la transacción de la propiedad.
Hacienda establece una horquilla de entre el 19% y el 23% de las rentas obtenidas: a los primeros 6.000 euros se les aplica una tributación del 19%, porcentaje que escala al 21% para la renta de entre 6.000,01 y 50.000 euros, mientras que a partir de dicha cantidad el impuesto que se aplica es del 23%.

Si una vivienda es de titularidad compartida y uno de los cónyuges es menor de 65 años, solo será aplicable la exención al propietario mayor de 65 años en la fecha de la venta y respecto a la parte de la vivienda que le perteneciera.

Si lo que se transmite es el usufructo, no puede aplicarse la bonificación si se conserva la nuda propiedad de la vivienda, ya que se habrá producido la transmisión de un derecho real pero no la transmisión de una vivienda habitual.

Por último, si la casa que se ha vendido no es vivienda habitual la bonificación fiscal del 100% solo se aplicará si el mayor de 65 años reinvierte la ganancia obtenida en una renta vitalicia.
Para ello, la inversión debe cumplir una serie de requisitos temporales y cuantitativos.  La cantidad máxima cuya reinversión en la constitución de rentas vitalicias dará derecho a aplicar la exención será de 240.000 euros y deberá constituirse en el plazo de seis meses desde la fecha de transmisión.
También hay que tener en cuenta que el dinero que se consigue a través de la renta vitalicia debe tributar en el IRPF, al ser considerado rendimiento de capital mobiliario. Para calcular las ganancias de una renta vitalicia, ver tablas que la Agencia Tributaria establece.

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