miércoles, 26 de julio de 2017

El comprador de una vivienda adquirida a bajo precio puede demostrar su valor para evitar los impuestos de Hacienda

El comprador de una vivienda adquirida a bajo precio puede demostrar su valor para evitar los impuestos de Hacienda

En nuestra noticia anterior ¿Se puede evitar el impuesto extra por haber comprado un piso barato? analizábamos que desde la crisis en el sector inmobiliario se pueden encontrar pisos con precios muy bajos, pero que Hacienda puede reclamar una cantidad de impuestos al comprador que lo adquiere.

Esto sucede porque los inmuebles tienen un valor mínimo de precio de venta registrado, estipulado por las comunidades autónomas y dadas las condiciones del mercado o las características de la vivienda, el importe puede variar. Es precisamente aquí donde está el desajuste entre el precio del mercado y el valor puesto por la administración autonómica, que se rige para ello por el artículo 57.1 de la Ley General Tributaria.
Pues bien, en estos casos, el contribuyente puede recurrir estas liquidaciones complementarias por parte de la administración y demostrar que la vivienda tiene un valor inferior al que se le ha otorgado.
¿Cómo? Si el comprador demuestra que otro de los procedimientos recogidos en dicho artículo da como resultado una valoración menor a la que ha estipulado la Administración, ésta deberá justificar el motivo de la liquidación y las pautas utilizadas para la valoración. En dicho caso, la balanza puede inclinarse a favor del contribuyente, pues está prohibido que se graven riquezas inexistentes.
Para argumentar dicho valor inferior de la vivienda, el comprador puede hacerlo a través de diferentes vías: contratando los servicios de un perito que realice un dictamen técnico, mediante una tasación hipotecaria para oponerla a la valoración administrativa o incluso aportando los precios de venta ofertados.
Así lo han admitido ya algunos tribunales. De este modo es posible demostrar que el valor del inmueble correspondería a los precios medios en el mercado.

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