El servicio de suministro eléctrico
continúa siendo uno de los más controvertidos para los consumidores españoles,
que en muchos casos afirman estar pagando demasiado y se quejan de falta de
claridad en sus facturas.
Los profesionales de Remica
Comercializadora, área de Grupo Remica dedicada al suministro de gas y
electricidad, consideran que, además de un buen servicio, la transparencia
informativa es fundamental para aclarar algunas de las dudas que generan más
confusión entre los consumidores finales de electricidad.
1. ¿En qué se diferencian las compañías
distribuidoras de las comercializadoras?
Según Remica, es importante saber
distinguir entre ambas compañías de suministro eléctrico:
·
Las compañías comercializadoras son las empresas que pueden
vender energía a los consumidores. Estas compañías no pueden ser
propietarias de infraestructuras, sin embargo son responsables del suministro a
su cartera de clientes. Los costes del sistema se facturan de acuerdo a los
peajes y cánones establecidos por utilizar las infraestructuras de las
distribuidoras.
·
Las compañías distribuidoras, en cambio, se encargan de
mantener la red de distribución y realizan la lectura de los contadores.
2. ¿A quién llamar si el contador
refleja un consumo superior al realizado?
Gracias a los contadores inteligentes,
que realizan las lecturas de manera automática y a distancia, este tipo de
errores son cada vez menos frecuentes.
Pero aquellos clientes que detecten que
la lectura de su factura no se corresponde con el consumo realizado, deben
contactar con la compañía comercializadora con la que
contrataron el suministro, que será la encargada de realizar los trámites
necesarios para que la distribuidora corrija su error en caso de que exista.
3. En caso de avería, ¿hay que
llamar a la distribuidora o a la comercializadora?
El pequeño consumidor debe dirigirse a
su compañía comercializadora para contrastar todas sus dudas o consultas,
excepto si se producen incidencias o averías en la red eléctrica de su zona que
afecten a su punto de suministro, en cuyo caso deberían llamar a su compañía
distribuidora.
En las facturas, las comercializadoras
deben informar de los teléfonos de averías de las distribuidoras.
4. ¿Puedo contratar el suministro de
energía con cualquier compañía?
Aunque los clientes finales no pueden
elegir la distribuidora de su zona (ya que es la compañía que realizó la
instalación de la red de distribución), es importante que sepan que tienen
total libertad para contratar el suministro de energía con la compañía
comercializadora que prefieran.
Según la normativa actual, si desean
cambiar de compañía comercializadora, pueden hacerlo libremente y de manera
gratuita. Además, la nueva compañía comercializadora deberá encargarse de
realizar todos los trámites oportunos.
5. ¿En qué fijarme al contratar el
suministro de energía?
Ahorrar energía no es una cuestión que
dependa únicamente de contratar un precio del kWh (kilovatio hora) económico.
Es importante que la compañía comercializadora con la que se contrata el
suministro proporcione un buen asesoramiento en función de las necesidades del
cliente, le oriente para optimizar la eficiencia energética de las
instalaciones y que ofrezca tarifas más ventajosas si, por ejemplo, el cliente
contrata varios servicios.
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