viernes, 26 de enero de 2018

Finaliza 2017 con un nuevo mínimo histórico para el Euríbor




Desde que el Euríbor entró en negativo en el año 2016, ha mantenido esta tendencia bajista que ha continuado durante todo el año 2017.
Después de 20 meses consecutivos marcando una cifra negativa, en septiembre y octubre de 2017 el Euríbor alcanzó mínimos históricos (-0,168% y -0.18% respectivamente) y esta línea descendente continuó  hasta diciembre, llegando a -0,19% y marcando además otro récord.
¿Qué significan estas cifras de cara a las hipotecas variables? Pues que las hipotecas de 120.000 euros a 20 años con un diferencial de Euríbor a +1% que se revisen, tendrá una rebaja de casi 9 euros al mes, es decir, de 70 euros en su cuota mensual.
¿Cambios para 2018? No demasiados. Todo apunta a que el Euríbor continuará en negativo de cara a 2018, siendo los prestatarios quienes seguirán siendo los más beneficiados.

viernes, 19 de enero de 2018

España y la “vía libre” para los Okupas


Un okupa es una persona que se instala en un inmueble deshabitado sin tener un derecho legal para ello. Este movimiento llegó a España a finales de los años setenta y desde entonces ha tenido una solución jurídica insuficiente.

En los últimos años se ha incrementado notablemente la cifra de usurpaciones y aunque la propiedad privada debería estar mucho más defendida, los largos procesos judiciales en caso de usurpación siguen situando a los propietarios afectados en una posición de inferioridad.
Si bien el Código Penal recoge dos artículos sobre la usurpación (245 y 246), en los que se imponen penas de tres a seis meses en caso de que se okupe una vivienda sin violencia (un delito leve) y de uno a dos años cuando se produce violencia o intimidación; el artículo 18 de la Constitución ampara como derecho fundamental la inviolabilidad del domicilio, por lo que no pude hacerse ninguna entrada o registro en un inmueble sin consentimiento del titular o resolución judicial. Además, tal y como lo recoge la Constitución, prevalece este derecho citado como fundamental sobre el derecho a la propiedad privada.
Es por esto que es muy importante actuar lo más pronto posible si una vivienda ha sido okupada, pues antes de 48 horas podrían intervenir las fuerzas de seguridad, siendo un caso de “delito fragante” (si no han cambiado la cerradura).
Además, con la reforma del Código Penal en 2015, el tiempo de prescripción del delito pasó de cinco a un año, lo que hace más complicado que un okupa entre en la cárcel, teniendo en cuenta la saturación y el retraso de los juzgados.
En definitiva, los procedimientos legales en España no aseguran una actuación judicial rápida y segura. La ocupación ilegal es un problema cada vez más grave en nuestro país que está pendiente de ser resuelto.

miércoles, 27 de diciembre de 2017

Eficiencia energética: Cómo ahorrar en las facturas de luz y gas




Ahorrar en la factura energética hasta un 40% es posible si se toman medidas para incrementar la eficiencia energética. Así lo cree la Fundación Gas Natural.



El último Estudio de Eficiencia Energética en los Hogares de la Fundación Rehabilitación exprés para hogares vulnerables. Soluciones de bajo coste refleja que para los hogares españoles es posible ahorrar una media del 27% en la factura del gas y la electricidad, incluso en invierno, si se cambian hábitos de consumo y que este porcentaje podría aumentar hasta el 40% si se implantan medidas de rehabilitación y mejora del equipamiento energético de las viviendas.
Además, la Fundación plantea más de 70 propuestas para la rehabilitación de hogares vulnerables con costes de entre 50 y 70.000 euros con el objetivo de poner en marcha "medidas pasivas de fácil instalación que se puedan realizar desde el interior de la vivienda, y que no sea preciso la solicitud de licencias de obras o de permisos de la comunidad de propietarios".
Entre ellas encontramos: ajustar la potencia contratada a las necesidades de cada vivienda, un uso más eficiente de aparatos y electrodomésticos, mejorar el aislamiento térmico de los muros, optimizar las ventanas, instalar toldos, colocar alfombras, el apagado de la televisión y el ordenador que no vayan ser utilizado en la próxima media hora, el uso de regletas, etc.

jueves, 7 de diciembre de 2017

Un error de cálculo hace que el Tribunal anule la plusvalía cuando una venta se cierra con ganancias

El Tribunal Constitucional anuló el pasado mes de mayo varios de sus artículos relacionados con el impuesto de plusvalía municipal, rechazando que la tasa se pueda aplicar si los ciudadanos venden un inmueble con pérdidas, pero ahora, además, un error en el cálculo aplicado por los municipios para cobrar la plusvalía municipal se está convirtiendo en el motivo para que los tribunales tumben el cobro de este gravamen en caso de que la venta del inmueble se cierre con ganancias. Este error de cómputo ha abierto un nuevo frente judicial que pone en juego unos 3.000 millones de euros de la recaudación municipal de los últimos cuatro años.

Según la Ley Reguladora de las Haciendas y Locales, la base imponible del impuesto de plusvalía municipal debe hallarse a partir del valor del bien y con un porcentaje de incremento, fijado en las ordenanzas locales, para estimar la apreciación registrada durante los años que lo ha tenido su último propietario.
No obstante, los ayuntamientos multiplican esta variable por el último valor catastral disponible, lo que arroja un incremento de valor del bien inmueble en el futuro y no una estimación de lo que se ha revalorizado durante los años en los que el propietario ha conservado dicho inmueble.

La urgencia de rehabilitar los edificios

  La urgencia de rehabilitar los edificios España no tiene cultura de la rehabilitación y, por ello, en las comunidades de vecinos cuesta ta...